El Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) informo en un comunicado emitido el día de hoy, una nueva medida para aquellos extranjeros que son beneficiarios del Estatus de Protección Temporal, o conocido como el TPS. Dicha medida dificulta a dichos inmigrantes el tramitar su tarjeta de residente dentro de los Estados Unidos.
Esta disposición no permite que un beneficiario del TPS, pruebe entrada legal a los Estados Unidos, al utilizar un permiso de viaje.
Con esta medida, se bloquea una forma que los abogados de inmigración estaban utilizando, con el fin de obtener un permiso de viaje, permitiéndole al aplicante salir del país y luego ingresar inspeccionado al país, para obtener la residencia dentro de los Estados Unidos sin salir del país. Usualmente estos ajustes se hacen por petición de familia. Es importante recalcar que el TPS por sí mismo no conduce a la residencia.
El Servicio de Inmigración precisó que no aceptara más estos argumentos, ya que este “viaje no satisfice el requisito de elegibilidad de “inspeccionado y admitido o con permiso de permanencia temporal” para obtener ajuste de estatus al de residente permanente legal. Esto es consistente con la aclaración previa de la agencia de que un viaje autorizado de un beneficiario de TPS no ejecuta una orden final de remoción.”
También señalo el ente de gobierno, que la decisión es acorde con la ley de enmiendas y técnicas sobre inmigración y naturalización de 1991, que establece que los beneficiarios del TPS que salen con un documento de viaje, retienen el mismo estatus migratorio al regreso.
“El Estatus de Protección Temporal es, por su propia naturaleza, temporal”, dijo el subdirector de Políticas de USCIS, Joseph Edlow. “Esto no debe proporcionar una vía hacia el estatus de residente permanente legal o la ciudadanía. Las interpretaciones erróneas y aplicación inconsistente de esta ley permitieron esas vías anteriormente para los extranjeros beneficiarios de TPS. Esta fue una distorsión equivocada de la intención que tenía el Congreso cuando creó este programa temporal”.
Esta disposición no afecta a quienes ajustaron su estatus bajo esta práctica anteriormente o a quienes actualmente tienen solicitudes pendientes.
Esta medida se aplicará a quienes hayan salido y reingresado a Estados Unidos después del 20 de agosto de 2020.
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